Fundación del Distrito : Ley 10098
El presidente de la República
Por cuanto: EL Congreso ha dado la ley siguiente :
Art 1. Créase en la Provincia de Chincha, del Departamento de Ica, el distrito de Sunampe, cuya capital será el pueblo de su nombre.
Art. 2. EL distrito de Sunampe, tendrá como anexos los caserios de Lomo Largo, Huaca Grande, Santa Catalina, La Victoria, San Ignacio, San Pedro de Pilpa, La Marina de Oro y el Guayabo
Art. 3. Los Límites del distrito que se crea por esta ley serán los siguientes: por el Norte, la Carretera Panamericana; por el Sur, el fundo el Cote; por el este “La Huaca de Sotelo”, “Camino de la Era” y la fábrica “La Estrella” y en el Oeste el fundo Canchamaná
Comuníquese al Poder Ejecutivo para su Promulgación
Casa del Congreso, de Lima a los ventidos días del mes de Octubre de mil novecientos cuarenta y cuatro
Carlos Sayán Álvarez (Diputado Presidente)// Ricardo Jordan C. (Senador Secretario)// I. Mendez (Diputado Secretario)
Al Señor Presidente Constituconal de la República
Por tanto: Mando se publique y cumpla
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los veintidos dias del mes de Diciembre de mil novecientos cuartenta y cuatro
Manuel Pardo